En nuestra autoescuela puedes obtener los siguientes permisos:
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Edad |
Clase |
Vehiculos que autoriza a conducir |
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15 |
AM |
Ciclomotores de dos y tres ruedas, cuadriciclos ligeros y vehículos para personas de movilidad reducida. |
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16 |
A-1 |
- Motocicletas 125 cc., siempre que su potencia no supera los 11 Kw, ni una relación potencia/masa superior a 0,1 Kw/Kg.
- Vehículos de tres ruedas cuya potencia no exceda de 25 Kw.
- Los vehículos que autoriza a conducir el permiso AM.
- Su obtención implicará la concesión del AM.
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18 |
A-2 |
- Motocicletas de más de 125 cc, con una potencia máxima de 35 Kw una relación potencia/masa de hasta 0,2 Kw/Kg.
- Su obtención implicará la concesión del AM.
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20 |
A |
- Motocicletas con una potencia máxima superior a 35 Kw.
Sólo podrá expedirse a conductores que ya sean titulares del permiso de la clase A-2 con, al menos, dos años de antigüedad.
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18 |
B |
- Automóviles de hasta 9 plazas (turismos, camiones y mixtos), y hasta 3,500 Kg. de M.M.A.
- Remolques de hasta 750 Kg. de MMA acoplados a dichos automóviles, o de más peso siempre que la suma de las dos MMA no supere los 4.250 Kg.
- Vehículos de tres ruedas y cuadriciclos.
- Vehículos especiales agrícolas de cualquier peso.
- Vehículos especiales no agrícolas, cuya velocidad máxima no exceda de 40 Km/h y su MMA no exceda de 3.500 Kg.
- Ciclomotores (sin necesidad de ningún otro permiso o licencia).
- Motocicletas de hasta 125 cc., siempre que se tenga una antigüedad de 3 años.
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Y TODOS LOS PERMISOS PROFESIONALES |
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C-1,C-,C+E,D-1, D, y D+E
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